En resumen
En 2026, instalar placas solares en casa da derecho a una deducción en el IRPF. Hay dos vías: una nueva deducción sencilla del 10 % (20 % en edificios de viviendas), o las deducciones por eficiencia energética del 20 % al 60 %, más ventajosas pero con certificados energéticos. No se pueden acumular las dos para la misma instalación. Los ayuntamientos pueden añadir una rebaja del IBI y del ICIO. Para la mayoría de estas deducciones, la instalación tiene que estar terminada en 2026.
En este artículo
La nueva deducción del 10 % para el autoconsumo
Es la novedad de 2026. El Real Decreto-ley 7/2026 ha creado una deducción específica para las instalaciones de autoconsumo [1]:
- 10 % de lo que hayas pagado por una instalación en un inmueble de tu propiedad;
- 20 % si la instalación está en una vivienda situada en un edificio de uso predominantemente residencial;
- se calcula sobre una base anual con un límite fijado por la ley, que incluye las placas, la batería, el montaje y las obras necesarias, descontando las posibles subvenciones.
Sus condiciones son sencillas:
- la instalación tiene que estar hecha y terminada en 2026, y pagada en 2026;
- el pago tiene que hacerse con tarjeta, transferencia o cheque, nunca en efectivo;
- la instalación tiene que estar legalizada (certificado de instalación eléctrica);
- no puede destinarse a una actividad profesional.
No hace falta certificado energético, y la norma no limita esta deducción a la vivienda habitual [1].
Las deducciones por eficiencia energética: 20 %, 40 %, 60 %
Estas deducciones existen desde hace varios años para las obras que mejoran la eficiencia energética de una vivienda. El mismo Real Decreto-ley las ha prorrogado [1]. Las placas solares pueden acogerse a ellas si mejoran lo suficiente la calificación energética de la vivienda.
| Deducción | Para qué | Condiciones principales |
|---|---|---|
| 20 % | Obras que reducen la demanda de calefacción y refrigeración | Vivienda habitual o alquilada; certificado energético antes y después |
| 40 % | Obras que reducen el consumo de energía no renovable (es el caso de las placas solares) | Vivienda habitual o alquilada; certificado energético antes y después, con una mejora mínima |
| 60 % | Obras de rehabilitación en un edificio residencial (comunidad de propietarios) | Pagos posibles hasta el 31/12/2027 |
Para las deducciones del 20 % y del 40 %, las obras tienen que estar terminadas antes del 31 de diciembre de 2026, y el certificado energético expedido antes del 1 de enero de 2027 [1].
¿Cuál elegir?
No se puede acumular la deducción del 10 % con la de eficiencia energética en la misma instalación [1]. La elección depende de tu situación:
- La deducción del 40 % te ahorra más, pero exige dos certificados energéticos y una mejora real de la calificación de la vivienda. Está pensada para la vivienda habitual o una vivienda alquilada.
- La deducción del 10 % es más sencilla: sin certificado, y también sirve para una segunda residencia de tu propiedad.
Así que depende de tu vivienda y de tu proyecto. Para una vivienda habitual cuya calificación energética pueda mejorar lo suficiente, la vía del 40 % te ahorra bastante más y, en general, merece el esfuerzo. En el estudio comprobamos cuál se aplica en tu caso, y nos encargamos de los certificados.
Y si añades un punto de recarga para tu coche eléctrico, tiene su propia deducción del 15 % en 2026. Lo explicamos en nuestro artículo Quiero cargar mi coche eléctrico con mis placas solares: ¿funciona de verdad?.
Las rebajas de tu ayuntamiento: IBI e ICIO
Además del IRPF, los ayuntamientos pueden conceder dos rebajas, si así lo han decidido en sus ordenanzas fiscales:
- IBI (el impuesto sobre bienes inmuebles): la ley permite a los ayuntamientos reducirlo hasta un 50 % en las viviendas con placas solares, durante el tiempo que ellos fijen [2].
- ICIO (el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras): la ley permite una rebaja de hasta el 95 % para las instalaciones solares [2].
El porcentaje, la duración y las condiciones cambian de un municipio a otro: algunos conceden el máximo y otros nada. En el estudio comprobamos qué prevé tu ayuntamiento, y preparamos las solicitudes.
Qué hacer antes del 31 de diciembre
- Hacer el estudio ya. Entre el estudio, el presupuesto, el montaje y la legalización, hay que contar varias semanas.
- Para la deducción del 40 %, encargar el certificado energético antes de las obras. Sin certificado «de antes», no se puede demostrar la mejora.
- Pagar por transferencia o con tarjeta, y guardar las facturas.
- Terminar y legalizar la instalación en 2026. Lo que cuenta es la fecha de fin de las obras, no la de la firma.
Lo que dicen nuestros clientes
«Un trabajo impecable. Maxime tiene un trato muy cercano y nos ha asesorado en todo momento. Seguiremos haciendo la casa más eficiente de su mano.»
Jordi Carcassó, Local Guide, reseña de Google
En resumen
En 2026, una instalación solar da derecho o bien a la nueva deducción sencilla del 10 % (20 % en edificios de viviendas), o bien a las deducciones por eficiencia energética del 20 % al 60 %, más ventajosas pero con certificados. Tu ayuntamiento puede añadir una rebaja del IBI y del ICIO. En casi todos los casos, la instalación tiene que estar terminada antes de fin de año.
En Efisity comprobamos en el estudio las ayudas a las que tienes derecho, y nos encargamos de los certificados energéticos, de la legalización y de las solicitudes al ayuntamiento. Para ver cómo es una instalación, consulta nuestra página Placas solares.
Fuentes
- Agencia Tributaria (AEAT), «Principales novedades tributarias introducidas por el Real Decreto-ley 7/2026» (sede.agenciatributaria.gob.es): nueva disposición adicional sexagésima segunda de la Ley del IRPF (autoconsumo, 10 % / 20 %) y prórroga de la disposición adicional quincuagésima (eficiencia energética).
- Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), art. 74.5 (IBI) y art. 103.2 (ICIO).




